Conformidad de etiquetado
Una etiqueta con todas las menciones obligatorias puede seguir induciendo a error. Revisamos su conformidad y cómo la entenderán el consumidor y la autoridad de control del país de venta.
Etiquetado, seguridad alimentaria, comunicación comercial, evidencia científica y acceso al mercado interior: los ejes que condicionan el posicionamiento de los productos alimentarios, y desde los que lo analizamos.
Seguimiento de las novedades con mayor incidencia práctica para el sector, con la valoración de su alcance para los operadores.
Alcance cerrado desde el primer contacto, acompañamiento en cualquier fase del procedimiento, y colaboración con especialistas mediante dictámenes firmados. Así se construye cada dictamen.
Verificación del envase como documento regulatorio.
Servicios centrados en verificar que lo que se dice del producto es conforme antes de publicarlo.
Un claim sin sustentación ante la lista EFSA es una de las infracciones más sancionadas en publicidad alimentaria.
Una campaña de comunicación comercial completa —presentación visual, contexto y canal— puede contener infracciones que un claim aislado no revela.
Servicios centrados en determinar el estatus regulatorio de un ingrediente antes de incorporarlo al producto.
Lanzar un ingrediente sin resolver antes su estatus bajo el Reglamento 2015/2283 puede obligar a retirar el producto ya fabricado.
Un botánico mal calificado puede convertir un complemento alimenticio en un medicamento no autorizado a ojos de la AEMPS.
Servicio centrado en la venta transfronteriza dentro de la Unión.
Servicios de verificación periódica o adaptación a nueva normativa de aplicación general.
La Directiva 2024/825 fija el 27 de septiembre de 2026 como fecha de aplicación de sus prohibiciones sobre afirmaciones medioambientales genéricas, compensación de emisiones y distintivos de sostenibilidad sin certificación.
Desde abril de 2026 son aplicables las obligaciones del artículo 6: plan de prevención y convenios de donación para los operadores no exceptuados por superficie o dimensión.
Intervención una vez iniciado el procedimiento administrativo.
Asesoramiento estratégico y redacción de los escritos del expediente, desde las alegaciones a la incoación hasta el recurso de alzada.
Análisis y publicaciones basados exclusivamente en fuentes primarias verificadas: BOE, EUR-Lex y AESAN. Sin ruido comercial; rigor académico aplicado.

El Tribunal General anuló la prohibición de 2021, pero la Comisión ya prepara una norma nueva sin esperar el fallo del recurso de casación.

La suerte de un extracto no se juega en el laboratorio, sino en el cauce procedimental en el que se encuentre.

La respuesta instintiva del sector ante una restricción es generar ciencia: la vía cuyo rendimiento está peor documentado.

El umbral en el que se fijen los niveles máximos no es una decisión técnica neutra, sino el factor que definirá qué productos circularán libremente en la Unión.

La cuestión práctica no es si la Directiva alcanzará al sector cuando España la transponga, sino si su etiquetado resistiría hoy un análisis desde el propio Derecho alimentario.

Según la guía de la Comisión, el envase de venta se introduce en el mercado cuando se llena: el que se compró vacío antes del 12 de agosto de 2026 no queda amparado.
Cualifique su necesidad regulatoria en 60 segundos y reciba un presupuesto estandarizado con alcance y plazo.
Modelos de suscripción disponibles tras validación transaccional. Reservados para clientes con cartera activa de productos.
Vigilancia normativa personalizada por categoría de producto. Alertas cualificadas y análisis de impacto sobre su cartera activa, no boletines genéricos.
Revisión periódica de la cartera de productos para asegurar que las actualizaciones normativas no generan nuevas vulnerabilidades regulatorias.